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Reglas

Correspondiendo a la decisión final adoptada en Cabildo de Oficiales de 20/10/2012, quedó constituida una comisión compuesta por miembros de la Junta de Gobierno, formada por Don Francisco José López Rivas –Hermano Mayor–, Doña Socorro Navarro González –Diputada de Cultos– y nuestra hermana Doña María del Rosario del Pozo Gallego, para estudiar y elaborar un anteproyecto de nuevas Reglas, con el fin de adaptar los estatutos anteriores vigentes desde 1992, a tenor de las Normas Diocesanas decretadas en el año 1997 por Su Eminencia el Cardenal Arzobispo Don Carlos Amigo Vallejo, de conformidad a cuanto establece y recomienda el Código de Derecho Canónico. Este anteproyecto fue presentado a la Junta de Gobierno y sometido a su consideración y estudio, la cual redactó el proyecto de reforma de Reglas.

A continuación se procedió, según la normativa vigente, a la exposición del proyecto durante quince días para ponerlo a disposición de todos los hermanos en las dependencias de la Casa de la Hermandad para su consulta, y de este modo poder presentar al Sr. Secretario las enmiendas y/o alegaciones al texto pertinentes que así lo estimasen oportunas. Se recibieron un total de 55 propuestas: 47 de nuestro hermano Don Juan Antonio Aguilar Jiménez; 3 de nuestro hermano Don Jesús Vázquez Jiménez; y 5 de nuestro hermano Don Francisco Soriano Matas.

El día 1 de Diciembre de 2012 fueron elevados a Cabildo General Extraordinario de Reforma de Reglas el proyecto junto con 48 propuestas aceptadas por la Junta de Gobierno –de las 55 presentadas por los hermanos (44, 3 y 1 correspondiendo con el orden anterior)–, debatiéndose artículo por artículo y conformando el proyecto definitivo de reforma de Reglas, aprobado por unanimidad de los hermanos presentes, el cual fue enviado al Departamento Jurídico del Arzobispado de Sevilla, siendo aprobadas mediante Decreto estas Reglas por la Autoridad Eclesiástica el día 4 de diciembre de 2013 en el Expediente con Protocolo Número 3633/13.

Y de este modo, dichas Reglas quedan vigentes desde el mismo día de su aprobación, quedando sujeta esta Hermandad y Cofradía a todo cuanto en ella se refiere, dando fe de todo ello el Secretario con el Visto Bueno del Hermano Mayor de esta Corporación.

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